Reygraz

Zona Franca La Plata

Se denomina así al territorio extra-aduanero ubicado en la Provincia de Buenos Aires y cuyas características lo constituyen en la zona por excelencia para el ingreso y egreso de mercaderías dadas sus condiciones especiales en materia tributaria.

Este régimen permite entrar, permanecer y salir de "La Zona" sin tributar derechos, tasas o contribuciones en las importaciones y/o exportaciones. A ello se agrega la alternativa de poseer cupos y/o prohibiciones de ninguna naturaleza ni a crearse.

Podrán desarrollarse actividades de almacenaje, comerciales mediante su venta acreditada a través de factura emitida por el Usuario, de servicios e industriales.

Actividades de la Zona

En la Zona Franca las mercaderías pueden ser objeto de:

  • Las operaciones necesarias para asegurar su conservación y de las manipulaciones ordinarias, destinadas a mejorar su presentación o calidad comercial o acondicionarlas para el transporte, tales como división o reunión de bultos, formación de lotes, clasificación o cambio de embalaje;
  • Transferencia;
  • Reparación únicamente a los efectos de volver a la mercadería a su estado original para que pueda cumplir normalmente su función;
  • Transformación, elaboración, combinación, mezcla, o cualquier otro perfeccionamiento, con el único objeto de exportar la mercadería resultante a otros países.

Las actividades que pueden desarrollarse en las zonas francas son las de almacenamiento, comerciales, de servicios e industriales, esta última con el único objetivo de exportar la mercadería resultante a terceros países.

Se podrán fabricar también bienes de capital que no registren antecedentes de producción en el Territorio Aduanero General, ni en las áreas aduaneras especiales existentes a fin de admitir su importación a dicho territorio

Particularidades de La Zona:

  • 300 mts de muelle
  • Equipamiento necesario para movimiento de cargas
  • A tan solo 60 minutos de Ezeiza
  • A solo 45 minutos de Capital Federal
  • Su movimiento reduce en casi 5 horas con respecto a la entrada a Puerto de Buenos Aires
  • Se puede mantener la mercadería en La Zona por 5 años
  • Los aranceles, tasas e impuestos se reducen a cero con respecto al Territorio General
  • Se pueden realizar retiros parciales sin limite de mercadería

Beneficios arancelarios:

La introducción de mercaderías a la Zona Franca provenientes del Territorio Aduanero General, Especial, de otros países o de otras Zonas Francas se encuentra exceptuada de los tributos que gravan la importación para consumo abonandose sólo los servicios

Cabe resaltar que la introducción de mercaderías a la Zona Franca y la Declaración Comprometida de Stock no constituyen una destinación de importación definitiva o suspensiva.

Seguridad:

Para la seguridad de las operaciones y para establecer la confiabilidad necesaria para sus envíos:

Las mercaderías serán ingresadas a los depósitos previo registro de la misma por los Usuarios. La documentación será reservada por el Servicio Aduanero de la Zona Franca o por la Aduana de jurisdicción .

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